Colegios Profesionales
Consejo general de colegios oficiales de psicólogos en España
QUÉ ES EL COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS?
El Colegio Oficial de Psicólogos fue creado por Ley del Parlamento rubricada con la firma del Rey el 31 de diciembre de 1979. Es una Organización Profesional de carácter estatal que actualmente agrupa a 35.000 Psicólogos.
El Colegio se ocupa de:
- Promocionar mayor desarrollo y empleo de la psicología en España.
- Apoyar los intereses sociales y profesionales de sus miembros.
- Organizar conferencias, jornadas, cursos de perfeccionamiento para postgraduado, etc.
- Dar su opinión sobre la leyes que afectan a la profesión y sobre los temas relacionados con la Psicología.
- Asesorar en proyectos y aconsejar a los Organismos que lo pidan.
- Mantener relaciones con las Universidades para el desarrollo de programas de perfeccionamiento en esta disciplina.
- Publicar boletines y revistas sobre temas relacionados con la Profesión.
- Recibir y analizar quejas sobre los miembros demandados por sus clientes por razones de ética y normas de conducta, y mantener un registro de todos los profesionales privados y públicos en cualquier campo de la Psicología aplicada y/o profesional.
¿CÓMO COLEGIARSE?
- Título original y fotocopia por ambas caras.
- En caso de no estar en posesión del título, se deberá presentar los resguardos de haberlo solicitado, junto con una fotocopia.
- Documento Nacional de Identidad.
- Tres fotografías de tamaño carnet.
- En caso de pertenecer a la última promoción (licenciados en la convocatoria del curso actual), se deberá presentar la papeleta del último examen aprobado o el certificado académico, junto con una fotocopia.
- Datos de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros donde desee que se pasen los recibos semestrales del Colegio: número de cuenta, agencia y domicilio completo. En el caso de que el titular de la cuenta no sea el solicitante, se deberá indicar el nombre del titular correspondiente y su autorización.
NOTA IMPORTANTE
Aquellas personas que en el momento de colegiarse presenten el resguardo de abono del título, dispondrán de un plazo de 6 meses para su presentación, quedando entre tanto, en situación de Colegiación Provisional.
CUOTAS COLEGIALES
Las Juntas de Gobierno de cada Colegio Oficial de Psicólogos Autonómico establecerán las cuotas que se han de abonar en el momento de la colegiación (consultar la página web de cada Colegio).
http://www.cop.es/vernumero.asp?id=1
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